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Impuestos

Aquí ves una estimación de lo que toca pagar cada mes de ISR y de IVA. Está en Fiscal → Impuestos.

Es una estimación, no una declaración

Contadioro calcula con tus comprobantes y las tablas vigentes, pero tú revisas y decides. Verifica siempre contra tu criterio profesional antes de presentar.

Cómo usarlo

  1. Elige la empresa.
  2. Elige el mes y el año (por defecto aparece el último mes terminado).
  3. Lee los resultados.

Verás:

Bloque Qué te dice
ISR a pagar Los ingresos cobrados sin IVA, la tasa, el ISR causado, lo que ya te retuvieron y el saldo a favor si hay
IVA a pagar o a favor IVA trasladado cobrado, menos el IVA acreditable, menos el IVA retenido
Fecha límite Normalmente el día 17 del mes siguiente (o el siguiente día hábil)
Avance contra el tope anual Qué tan cerca estás de salirte del régimen
Avisos Cosas que conviene revisar (por ejemplo, facturas PPD que aún no cuentan)

También puedes exportar a Excel el cálculo.

Qué regímenes se calculan

Régimen ¿Lo calcula?
626 RESICO (persona física) Sí
612 Actividad empresarial y profesional Sí
601 General de Ley, personas morales Sí. Necesita el coeficiente de utilidad; sin él, el ISR sale en cero con un aviso en rojo
605 Sueldos y salarios No: el patrón retiene el ISR cada mes
625 Plataformas tecnológicas No: hay que verificar las tasas vigentes
Otros Aparece un mensaje diciendo por qué no hay cálculo

El IVA se calcula igual para todos.

Ejemplo: RESICO de «Lucía Herrera Campos», septiembre

Lucía cobró en septiembre $40,000 (sin IVA).

  1. Según la tabla del artículo 113-E de la LISR, hasta $25,000 al mes la tasa es 1.00 %, hasta $50,000 es 1.10 %.
  2. Como $40,000 cae en el tramo hasta $50,000, la tasa es 1.10 % y se aplica a todo el ingreso del mes.
  3. ISR causado: \(40,000 × 1.10 % = **\)440**.
  4. Si le retuvieron ISR en sus facturas, se resta del causado. Si le retuvieron más, queda saldo a favor.

Cómo se cuentan los ingresos en RESICO

Solo cuentan los ingresos efectivamente cobrados. Una factura PPD cuenta cuando se cobra (con su complemento de pago), no cuando se emite. Y el redondeo es al peso, como indica el artículo 20 del CFF.

Ventas al extranjero

Si la empresa le factura a un cliente fuera de México (RFC genérico extranjero XEXX010101000 e IVA 0%), la factura sale marcada como Exportación. Sí cuenta como ingreso para el ISR, con IVA en 0%.

Si algo no cuadra

Qué ves Qué hacer
Todo en cero Revisa que hayas descargado las facturas de ese mes en Descargas
Aviso «facturas PPD sin contar» Faltan sus complementos de pago. Revisa Pagos
Aviso de facturas sin consultar al SAT Se consultan solas cada hora; espera un poco

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